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Ayudas extraordinarias para autónomos o que formen parte de una microempresa frente la COVID-19 (febrero 2021)

¿Cómo puedo inscribirme?

Dentro de muy poco se abrirá un nuevo registro para que las personas trabajadoras autónomas se inscriban previamente y puedan optar por una nueva convocatoria de ayudas. 

 

Como en la última convocatoria, las personas que se inscriban serán consideradas solicitantes de la ayuda sin que tengan que hacer ningún otro tipo de actuación y podrán resultar beneficiarias si cumplen los requisitos establecidos en la correspondiente convocatoria:

¿Hasta cuándo es la convocatoria?

 

El plazo para inscribirse es desde las 9.00 horas del 19 de febrero hasta las 15.00 horas del 26 de febrero.

 

¿Cuáles son los requisitos que debo cumplir?

  • Tener el domicilio fiscal en un municipio de Cataluña. 
  • Estar en situación de alta en el RETA o en una mutualidad como sistema alternativo al RETA, antes del 1 de enero de 2021.
  • Mantener su alta como persona trabajadora autónoma de forma ininterrumpida, como mínimo, hasta el 28 de febrero de 2021 y mantener su alta de forma ininterrumpida, como mínimo, hasta el 28 de febrero de 2021. 
  • La base imponible del impuesto sobre la renta de las personas físicas del último ejercicio disponible de la persona solicitante, debe ser igual o inferior a 35.000 euros, en caso de acogerse al sistema de tributación individual, y de igual cuantía, con relación a la parte de la base imponible correspondiente al solicitante, en caso de acogerse al sistema de tributación conjunta. 
  • El rendimiento neto de la actividad de todo el año 2020 no debe superar el importe de 17.500 euros. En caso de que la última alta como persona trabajadora autónoma sea posterior al 1 de enero de 2020, el importe del rendimiento neto de la actividad no puede superar el resultado de multiplicar el número de días de alta como persona trabajadora autónoma durante el año 2020 por 47,95 euros. 
  • Cumplir los requisitos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y otra normativa aplicable. 
  • No tener ayudas otorgadas, de acuerdo con la Resolución TSF/1270/2020, de 3 de junio, por la que se abre la convocatoria para la concesión de subvenciones para favorecer el autoempleo de jóvenes inscritos en el programa de Garantía Juvenil para el año 2020, en el marco del plan de choque del Decreto ley 16/2020, de 5 de mayo, de medidas urgentes complementarias en materia de transparencia, ayudas de carácter social, contratación y movilidad para hacer frente a la COVID-19.